La Secretaría de Economía debe resolver las solicitudes relacionadas con los artículos 15 y 16 en un plazo de dos días hábiles tras su presentación. Este artículo busca agilizar el proceso administrativo para las sociedades.
Las solicitudes a que se refieren los artículos 15 y 16 de esta ley deberán ser resueltas por la Secretaría de Economía, dentro de los dos días hábiles inmediatos siguientes al de su presentación. Artículo adicionado DOF 24-12-1996. Reformado DOF 15-12-2011
TITULO CUARTO DE LA INVERSION DE PERSONAS MORALES EXTRANJERAS
LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 27-05-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La rapidez en la resolución de solicitudes puede beneficiar a las empresas que buscan establecerse rápidamente. Es recomendable preparar toda la documentación necesaria para evitar retrasos.
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