La Secretaría de Economía es responsable de autorizar las denominaciones o razones sociales para la constitución de sociedades. Es necesario incluir en los estatutos la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio correspondiente del artículo 27 Constitucional.
La Secretaría de Economía autorizará el uso de las denominaciones o razones sociales con las que pretendan constituirse las sociedades. Se deberá insertar en los estatutos de las sociedades que se constituyan, la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la fracción I del artículo 27 Constitucional. Artículo reformado DOF 15-12-2011
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial asegurarse de que las denominaciones propuestas cumplan con los requisitos legales para evitar rechazos. La inclusión de la cláusula de exclusión de extranjeros es fundamental para la conformidad con la ley.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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