LISF

Artículo 489. Multas generales por infracciones

Se establece una multa de 200 a 5,000 Días de Salario para infracciones a la ley que no tienen sanción específica. Este artículo busca asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales.

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Texto Legal

La infracción a preceptos de esta Ley, a las disposiciones de carácter general que de ella emanen o a los reglamentos respectivos, y que no tenga una sanción específica señalada en esta Ley, será sancionada con multa de 200 a 5,000 Días de Salario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las instituciones deben estar preparadas para enfrentar sanciones incluso por infracciones menores. Mantener un registro detallado de operaciones puede ayudar a mitigar riesgos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 489 del LISF?

Se establece una multa de 200 a 5,000 Días de Salario para infracciones a la ley que no tienen sanción específica. Este artículo busca asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 489 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Las instituciones deben estar preparadas para enfrentar sanciones incluso por infracciones menores. Mantener un registro detallado de operaciones puede ayudar a mitigar riesgos.

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