Las sanciones administrativas no excluyen imposicion de otras infracciones, delitos o revocacion de autorizacion conforme otras leyes aplicables.
Lo dispuesto en este Capítulo no excluye la imposición de las sanciones que conforme a ésta u otras leyes fueren aplicables por comisión de otras infracciones o delitos, ni la revocación de la autorización otorgada a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Permite acumulacion de responsabilidades. Una institucion puede ser sancionada administrativamente y enfrentar responsabilidad penal simultaneamente. Tambien puede perder autorizacion. Riesgo compuesto justifica cumplimiento estricto.
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