La Comision puede formular observaciones y ordenar medidas correctivas derivadas de inspecciones y vigilancia. Estas ordenes buscan corregir irregularidades detectadas.
La Comisión, como resultado de sus facultades de inspección y vigilancia, podrá formular observaciones y ordenar la adopción de medidas tendientes a corregir los hechos, actos, omisiones o irregularidades que haya detectado con motivo de dichas funciones, en términos de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo procesal que establece el poder sancionador de la CNSF. Las instituciones deben contar con procesos documentados para atender observaciones de forma oportuna y demostrable.
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Art. 382. Facultades de inspeccion y vigilancia de la Comision
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