LISF

Artículo 376. Prohibiciones para servidores públicos

Este artículo prohíbe a los servidores públicos realizar operaciones con las instituciones bajo su supervisión en condiciones preferentes. Esto busca evitar conflictos de interés y asegurar la transparencia.

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Texto Legal

Los servidores públicos de la Comisión tendrán prohibido realizar operaciones con las Instituciones y Sociedades Mutualistas, así como con las demás personas y entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la propia Comisión, en condiciones preferentes a las ofrecidas al público en general.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los contadores deben asesorar a los servidores públicos sobre estas prohibiciones para evitar sanciones y mantener la integridad del sistema financiero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 376 del LISF?

Este artículo prohíbe a los servidores públicos realizar operaciones con las instituciones bajo su supervisión en condiciones preferentes. Esto busca evitar conflictos de interés y asegurar la transparencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 376 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Los contadores deben asesorar a los servidores públicos sobre estas prohibiciones para evitar sanciones y mantener la integridad del sistema financiero.

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