LISF

Artículo 374. Acciones legales de la Comisión

El Presidente y otros altos funcionarios de la Comisión tienen la facultad de actuar en procedimientos judiciales y administrativos. Esto incluye la presentación de pruebas y alegatos en nombre de la Comisión.

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Texto Legal

En los procedimientos judiciales, administrativos o laborales en los que la Comisión sea parte o pueda resultar afectada, el Presidente directamente o por medio de los vicepresidentes o directores generales de la Comisión que al efecto designe en los acuerdos delegatorios, ejercitará las acciones, excepciones y defensas, producirá alegatos, ofrecerá pruebas, interpondrá los recursos que procedan, podrá presentar desistimientos, y en general realizará todos los actos procesales que correspondan a la Comisión o a sus órganos, incluyendo en los juicios de amparo la presentación de los informes de ley.

El Presidente, los vicepresidentes y los directores generales sólo estarán obligados a absolver posiciones o rendir declaración en juicio, en representación de la Comisión o en virtud de sus funciones, cuando las posiciones y preguntas se formulen por medio de oficio expedido por autoridad competente, mismo que contestarán por escrito dentro del término establecido por dicha autoridad.

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SECCIÓN IV DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

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Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los abogados deben estar preparados para representar a la Comisión en litigios, asegurando que se sigan los procedimientos adecuados para proteger los intereses de la institución.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 374 del LISF?

El Presidente y otros altos funcionarios de la Comisión tienen la facultad de actuar en procedimientos judiciales y administrativos. Esto incluye la presentación de pruebas y alegatos en nombre de la Comisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 374 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Los abogados deben estar preparados para representar a la Comisión en litigios, asegurando que se sigan los procedimientos adecuados para proteger los intereses de la institución.

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