Los contratos de seguros y fianzas deben incluir indicaciones y cláusulas tipo establecidas por la Comisión para proteger los intereses de los contratantes. Esto busca asegurar la solvencia de las Instituciones.
Los contratos de seguro y de fianzas, en general, deberán contener las indicaciones que administrativamente fije la Comisión mediante disposiciones de carácter general, para procurar la solvencia de las Instituciones y en protección de los intereses de los contratantes, asegurados, fiados o beneficiarios. Con el mismo fin, la citada Comisión podrá establecer cláusulas tipo de uso obligatorio para las diversas especies de contratos de seguro y de fianzas.
CAPÍTULO TERCERO DE LAS RESERVAS TÉCNICAS
SECCIÓN I DE LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las Instituciones deben estar al tanto de las cláusulas tipo obligatorias para evitar problemas legales. Actualizar sus contratos regularmente es esencial para el cumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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