LISF

Artículo 185. Deposito y disposicion de prenda

Ordena depositar en institucion de credito dentro de cinco dias habiles la prenda en dinero o valores. Prohíbe disposicion hasta reclamacion o cancelacion, y regula tratamiento de bienes distintos a valores.

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Texto Legal

La prenda consistente en dinero en efectivo o en valores, cualquiera que sea la suma asegurada del seguro de caución o el monto de la fianza, deberá depositarse en un plazo de cinco días hábiles en una institución de crédito, y de ellos sólo podrá disponerse cuando el seguro de caución o la fianza sean reclamados o se cancelen, o, tratándose del otorgamiento de fianzas, cuando se sustituya la garantía en los términos previstos por esta Ley.

Cuando dichos bienes se encuentren depositados en alguna institución de crédito, casa de bolsa, persona moral o institutos para el depósito de valores, bastarán las instrucciones del deudor prendario al depositario para constituir la prenda. LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Si la prenda consiste en bienes distintos del dinero en efectivo o de valores, independientemente de la suma asegurada del seguro de caución o del monto de la fianza, la prenda podrá quedar en poder del otorgante de la misma, en cuyo caso éste se considerará para los fines de la responsabilidad civil o penal correspondiente, como depositario judicial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento del plazo de cinco dias habiles puede generar responsabilidad civil; es recomendable documentar el deposito inmediatamente y obtener confirmacion escrita de la institucion depositaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 185 del LISF?

Ordena depositar en institucion de credito dentro de cinco dias habiles la prenda en dinero o valores. Prohíbe disposicion hasta reclamacion o cancelacion, y regula tratamiento de bienes distintos a valores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 185 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

El incumplimiento del plazo de cinco dias habiles puede generar responsabilidad civil; es recomendable documentar el deposito inmediatamente y obtener confirmacion escrita de la institucion depositaria.

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