Para operar como Filial, se requiere autorización del Gobierno Federal, otorgada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Esta autorización es intransmisible y debe ser publicada oficialmente.
Para organizarse y operar como Filial se requiere autorización del Gobierno Federal, que compete otorgar discrecionalmente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con aprobación de su Junta de Gobierno, después de escuchar la opinión del Banco de México. Por su naturaleza estas autorizaciones serán intransmisibles. Párrafo reformado DOF 01-02-2008
Las autorizaciones que al efecto se otorguen, así como sus modificaciones, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación del domicilio social de la Filial de que se trate. Artículo adicionado DOF 23-12-1993
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los interesados en establecer una Filial deben seguir el proceso de autorización cuidadosamente. Es recomendable consultar con un abogado especializado para asegurar el cumplimiento de todos los requisitos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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