Los contratos de licencia establecerán diversas contraprestaciones a favor del Estado y del contratista, incluyendo bonos y regalías. Estas contraprestaciones son fundamentales para la relación contractual.
Los Contratos de licencia establecerán las siguientes Contraprestaciones:
A. A favor del Estado:
I. Un bono a la firma;
II. La Cuota Contractual para la Fase Exploratoria;
III. Las Regalías, determinadas conforme el artículo 24 de esta Ley, y
IV. Una Contraprestación que se determinará en los Contratos considerando la aplicación de una tasa al Valor Contractual de los Hidrocarburos.
B. A favor del Contratista, la transmisión onerosa de los Hidrocarburos una vez extraídos del subsuelo, siempre que, conforme a los términos del Contrato, se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el apartado A anterior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores deben asegurarse de que las contraprestaciones se calculen y paguen correctamente para evitar sanciones. La claridad en los contratos es esencial para el cumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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