Otorga a la Secretaria de Energia facultades para determinar bases de registro de costos, reglas de procura de bienes y servicios, y solicitar informacion del asignatario para cumplir sus funciones.
Respecto de las Asignaciones, la Secretaría:
I. Deberá determinar las bases y reglas sobre el registro de costos, gastos e inversiones de la Asignación, conforme a los lineamientos que emita;
II. Deberá determinar las bases y reglas sobre la procura de bienes y servicios para las actividades llevadas a cabo al amparo de una Asignación, conforme a los lineamientos que emita, mismos que deberán tener como objetivo minimizar los costos, gastos e inversiones, privilegiando para ello el uso de mecanismos que garanticen la mayor transparencia, y
III. Puede solicitar al Asignatario la información que requiera para el cumplimiento de sus facultades contempladas en esta Ley. Fracción reformada DOF 18-03-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La Secretaria puede emitir lineamientos que vinculan a asignatarios. Los contadores deben mantenerse actualizado de nuevos lineamientos y ajustar sistemas contables. La solicitud de informacion adicional puede disparar auditorias.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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