Los Estandares deben contener clave, titulo, objetivo, campo aplicacion, referencias a Normas Internacionales, procedimiento evaluacion conformidad, grado de concordancia con internacionales, bibliografia, clasificacion y fecha aplicacion.
Los Estándares deben contener en lo conducente y sujeto a lo previsto en el Reglamento de esta Ley:
I. Clave, título, objetivo y campo de aplicación del Estándar;
II. En su caso, la referencia a otros Estándares, así como a Normas Internacionales para su implementación;
III. Procedimiento de Evaluación de la Conformidad, cuando resulte procedente conforme a la naturaleza del bien, producto, proceso y servicio;
LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 01-07-2020 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
IV. Identificar las Normas Internacionales aplicables en la materia y establecer el grado de concordancia de la propuesta con las mismas, señalando si es idéntica, modificada o no equivalente;
V. La bibliografía que corresponda, incluyendo, entre otros, los Estándares, las Normas Internacionales y los Reglamentos Técnicos que, en su caso, se tomaron como referencia para la elaboración de la propuesta de Estándar;
VI. Clasificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 74 anterior y en la clasificación internacional de estándares, y
VII. Fecha de inicio de aplicación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece estructura minima requerida. El grado de concordancia (identica, modificada o no equivalente) es crucial para empresas que operan internacionalmente y deben evaluar costos de cumplimiento.
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