Las sanciones administrativas se imponen sin perjuicio de responsabilidad civil, penal o administrativa adicional, ni impide revocacion de permisos. La imposicion de sanciones no genera responsabilidad de servidores publicos que las dictan.
Las sanciones previstas en la presente Ley se imponen sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa que resulte y, en su caso, de la revocación del Permiso de Exploración, Concesión o Permiso para Usos Diversos correspondiente. Asimismo, la imposición de dichas sanciones no implica, por sí misma, responsabilidad administrativa, civil o penal de los servidores públicos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta clausula es critica: las sanciones administrativas son independientes de otras responsabilidades legales. Un mismo incumplimiento puede generar multa administrativa, demanda civil, y delito penal simultaneamente. Protege a funcionarios de demandas por sanciones dictadas en ejercicio de funciones legales.
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