LGeo

Artículo 6. Manejo de aguas

Este artículo establece que el manejo de aguas diferentes al agua geotérmica se regirá por la Ley de Aguas Nacionales, asegurando la sustentabilidad de los acuíferos adyacentes.

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Texto Legal

Tratándose de aguas diferentes al Agua Geotérmica, se está a lo dispuesto en la Ley de Aguas Nacionales. Lo anterior, es aplicable al agua del subsuelo en cualquier estado, cuando se trata de LEY DE GEOTERMIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

su manejo en superficie e introducción al Yacimiento Geotérmico, buscando siempre mantener la integridad de los acuíferos adyacentes y la sustentabilidad del yacimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los operadores geotérmicos conozcan las regulaciones sobre el manejo de aguas para evitar conflictos legales y asegurar la sustentabilidad de sus operaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LGeo?

Este artículo establece que el manejo de aguas diferentes al agua geotérmica se regirá por la Ley de Aguas Nacionales, asegurando la sustentabilidad de los acuíferos adyacentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY de Geotermia?

Es importante que los operadores geotérmicos conozcan las regulaciones sobre el manejo de aguas para evitar conflictos legales y asegurar la sustentabilidad de sus operaciones.

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