Este artículo establece que la Secretaría es la encargada de la aplicación e interpretación de la Ley de Geotermia, así como de emitir las disposiciones necesarias para su cumplimiento. Es un artículo que define la estructura administrativa de la ley.
La aplicación e interpretación de esta Ley, para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría.
El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría debe emitir las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La claridad sobre quién aplica la ley es vital para los interesados en el sector. Mantenerse en contacto con la Secretaría puede facilitar el proceso de obtención de permisos y concesiones.
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