La solicitud debe incluir datos del solicitante, planos georreferenciados, presupuesto, cronogramas, capacidades técnicas y financieras, y permisos complementarios. Plazo de 15 dias para admision y 3 anos para obtener permisos.
Las personas interesadas en obtener el otorgamiento de las Concesiones deben presentar la solicitud a la Secretaría, misma que debe contener al menos:
I. Nombre, denominación o razón social, de la persona solicitante;
II. Domicilio fiscal y domicilio para oír y recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas;
III. Que su objeto social o actividad se refiera a la Exploración y Explotación de Recursos Geotérmicos;
IV. Planos de la localización georreferenciado del Área Geotérmica objeto de la solicitud de Concesión, donde se especifique la superficie, medidas y colindancias;
V. Presupuesto detallado del proyecto;
VI. Documentación que acredite su capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera, para desarrollar, operar y mantener las instalaciones necesarias para la Explotación de Recursos Geotérmicos;
VII. Cronogramas calendarizados de trabajo y financiero a realizar durante la etapa de Explotación del Área Geotérmica, incluyendo las gestiones correspondientes a las obligaciones establecidas en la Ley del Sector Eléctrico y que resulten aplicables, pago de derechos y aquellos establecidos en las disposiciones en materia ambiental, indicando a detalle cada una de las actividades por efectuar y los objetivos de estas;
VIII. Acreditar haber obtenido y cumplido con los términos y condiciones del Permiso de Exploración;
IX. Documentación sobre la aportación del proyecto para el Estado y la sociedad;
X. Solicitud de generación, factibilidad en la interconexión, pago de derechos y aquellos establecidos en las disposiciones en materia ambiental, y
XI. Cualquier otro, expresamente previsto en esta Ley o su Reglamento.
El caso a que se refiere la fracción X de este artículo, la persona solicitante de una Concesión tendrá como plazo máximo tres años para obtener de las autoridades competentes los permisos correspondientes. El plazo antes señalado debe iniciar a partir de la presentación de la solicitud a que se refiere dicha fracción ante la Secretaría.
En caso de incumplimiento, la Secretaría aplicará las sanciones establecidas en esta Ley.
LEY DE GEOTERMIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
La Secretaría tiene un plazo de quince días hábiles para admitir o rechazar las solicitudes de Concesiones y podrá rechazar aquéllas que no cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley y su Reglamento, señalando fundada y motivadamente cuáles de los requisitos no han sido cumplidos.
La Secretaría debe evaluar las solicitudes que hayan sido aceptadas y puede requerir a la persona solicitante, por única vez, las aclaraciones que estime pertinentes, así como señalar las irregularidades u omisiones que deban subsanarse. Si éstas no son subsanadas en un plazo de quince días hábiles, la solicitud será considerada como improcedente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es operativamente denso. Las empresas deben cumplir con 11 fracciones y tener plazo maximo de 3 anos para obtener permisos complementarios; incumplimiento resulta en sanciones. Se recomienda lista de verificacion detallada antes de presentar.
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