Las infracciones que consistan en operaciones prohibidas serán sancionadas con multas significativas. Las multas se imponen tras un proceso de audiencia.
Las infracciones que consistan en realizar operaciones prohibidas o no autorizadas, o en exceder los porcentajes máximos o en no mantener los mínimos previstos por las disposiciones de carácter general que deriven de esta Ley, o bien, por los prospectos de información al público inversionista respectivos, serán sancionadas con multa de 10,000 a 100,000 días de salario.
Las multas a que se refiere este capítulo, previa audiencia, serán impuestas a la sociedad operadora de fondos de inversión, distribuidora o valuadora de acciones de fondos de inversión o demás personas que resulten responsables de las infracciones. Artículo reformado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las sociedades deben tener claridad sobre las operaciones permitidas y prohibidas para evitar sanciones que puedan impactar su viabilidad financiera.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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