Los libros de contabilidad y registros deben conservarse en las oficinas de las sociedades de inversión, asegurando su disponibilidad para auditorías y revisiones. Esto es clave para la transparencia.
Los libros de contabilidad y los registros a que se refiere esta Ley, deberán conservarse disponibles en las oficinas del fondo de inversión, sociedad operadora de fondos de inversión, sociedad distribuidora de acciones de fondos de inversión o de las sociedades valuadoras de acciones de fondos de inversión. Artículo reformado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las sociedades deben establecer protocolos claros para la conservación de registros contables. Esto no solo es un requisito legal, sino que también es esencial para la gestión interna.
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