Las Filiales no podrán establecer sucursales o subsidiarias fuera del territorio nacional, lo que limita su expansión internacional. Esta restricción busca mantener el control sobre las operaciones de las Filiales.
Las Filiales no podrán establecer sucursales o subsidiarias fuera del territorio nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las sociedades deben considerar esta prohibición al planear su estrategia de expansión. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones por parte de la Comisión.
Anterior
Art. 70. Adquisicion de acciones por extranjeros
Siguiente
Art. 72. Consejos de administracion en filiales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo