Los fondos de inversión deben adoptar uno de varios tipos, como renta variable o instrumentos de deuda. Esta clasificación es importante para la regulación y supervisión de sus operaciones.
Los fondos de inversión, de acuerdo a su régimen de inversión, deberán adoptar alguno de los tipos siguientes:
I. De renta variable;
II. En instrumentos de deuda;
III. De capitales, y
IV. De cobertura. Fracción reformada DOF 28-12-2023
Los fondos de inversión estarán sujetos a la supervisión, regulación y sanción de la Comisión, debiendo observar lo previsto en la presente Ley y demás disposiciones aplicables.
Las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y se regirán por lo señalado en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. LEY DE FONDOS DE INVERSIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Artículo reformado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La clasificación de los fondos es crucial para su regulación. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre el tipo de fondo que mejor se adapte a sus objetivos de inversión.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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