LFI

Artículo 52. Prohibición de adquisición de acciones

Las entidades que brindan servicios de calificación, valuación y proveeduría no pueden adquirir acciones de los fondos que contratan. Esto evita conflictos de interés.

prohibicionaccionesconflictos de interes

Texto Legal

En ningún caso, las personas que otorguen servicios de calificación, de valuación y de proveeduría de precios, podrán adquirir acciones de los fondos de inversión que las contraten. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta prohibición es fundamental para mantener la integridad del mercado. Las entidades deben establecer políticas internas para asegurar el cumplimiento de esta normativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LFI?

Las entidades que brindan servicios de calificación, valuación y proveeduría no pueden adquirir acciones de los fondos que contratan. Esto evita conflictos de interés.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY de Fondos de Inversión?

Esta prohibición es fundamental para mantener la integridad del mercado. Las entidades deben establecer políticas internas para asegurar el cumplimiento de esta normativa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 52 del LFI?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 52 LFI desde tu celular