La Comisión puede autorizar a las sociedades operadoras a participar en el capital de empresas que ofrezcan servicios auxiliares. Esto puede mejorar la eficiencia operativa.
La Comisión, previo acuerdo de su Junta de Gobierno, podrá autorizar mediante disposiciones de carácter general a las sociedades operadoras, distribuidoras o valuadoras, participar en el capital social de empresas que les presten servicios complementarios o auxiliares en su administración
LEY DE FONDOS DE INVERSIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
o en la realización de su objeto, dentro de los porcentajes y sujeto a los requisitos que se establezcan en dichas disposiciones. Artículo adicionado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las sociedades deben evaluar cuidadosamente las oportunidades de participación en empresas auxiliares, asegurándose de que se alineen con sus objetivos estratégicos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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