LFI

Artículo 17. Calificación de fondos de inversión

Los fondos deben obtener una calificación de riesgo que refleje la calidad de sus activos y administración, según lo determine la Comisión.

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Texto Legal

Los fondos de inversión deberán obtener una calificación otorgada por alguna institución calificadora de valores, que refleje los riesgos de los activos integrantes de su patrimonio y de las operaciones que realicen, así como la calidad de su administración, cuando así lo determine la Comisión mediante disposiciones de carácter general, en las que también señalará la periodicidad con que esta se llevará a cabo, así como los términos y condiciones en que dicha información deberá ser difundida. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La calificación de riesgo es vital para la confianza de los inversionistas. Las sociedades deben trabajar con calificadoras reconocidas para asegurar una evaluación precisa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del LFI?

Los fondos deben obtener una calificación de riesgo que refleje la calidad de sus activos y administración, según lo determine la Comisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 de la LEY de Fondos de Inversión?

La calificación de riesgo es vital para la confianza de los inversionistas. Las sociedades deben trabajar con calificadoras reconocidas para asegurar una evaluación precisa.

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