LFLL

Artículo 27. Legitimacion activa para acciones de defensa

Permite que cualquier consumidor, competidor, profesionales del libro, autores, sociedades de gestion colectiva u organizaciones de defensa de consumidores emprendan acciones contra violaciones al precio unico.

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Texto Legal

Las acciones para detener y reparar las violaciones al precio único establecido en esta Ley pueden ser emprendidas por cualquier consumidor, competidor, profesionales de la edición y difusión del libro, autores, sociedades de gestión colectiva o cualquier organización de defensa de consumidores. Artículo reformado DOF 29-11-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reforma de 2023 amplía significativamente quienes pueden denunciar incumplimientos. No solo consumidores finales, sino competidores y profesionales. Los editores deben estar atentos a denuncias de asociaciones de libreros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LFLL?

Permite que cualquier consumidor, competidor, profesionales del libro, autores, sociedades de gestion colectiva u organizaciones de defensa de consumidores emprendan acciones contra violaciones al precio unico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro?

Reforma de 2023 amplía significativamente quienes pueden denunciar incumplimientos. No solo consumidores finales, sino competidores y profesionales. Los editores deben estar atentos a denuncias de asociaciones de libreros.

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