LFLL

Artículo 26. Vigencia temporal del precio unico

Establece que el precio unico tiene vigencia de treinta y seis meses desde la impresion o reimpresion. Se exceptuan libros antiguos, usados, descatalogados, agotados y artesanales. Libros electronicos equivalentes siguen el mismo regimen.

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Texto Legal

El precio único de venta al público tendrá una vigencia de treinta y seis meses contados a partir de la fecha de impresión o reimpresión consignada en el colofón o en el pedimento de importación. Se exceptúa de lo anterior a los libros impresos antiguos, usados, descatalogados, agotados o artesanales. En tanto un libro impreso en papel esté sujeto al régimen de precio único, su versión electrónica equivalente estará sujeta a las mismas disposiciones. Artículo reformado DOF 29-11-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reforma de 2023 equipara libros electronicos al regimen de precio unico. Los editores deben controlar la fecha de impresion para determinar cuando expira el precio unico y pueden cambiar el precio tras 3 años.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LFLL?

Establece que el precio unico tiene vigencia de treinta y seis meses desde la impresion o reimpresion. Se exceptuan libros antiguos, usados, descatalogados, agotados y artesanales. Libros electronicos equivalentes siguen el mismo regimen.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro?

Reforma de 2023 equipara libros electronicos al regimen de precio unico. Los editores deben controlar la fecha de impresion para determinar cuando expira el precio unico y pueden cambiar el precio tras 3 años.

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