LFEA

Artículo 30. Validez de certificados expedidos en extranjero

Certificados digitales expedidos fuera de Mexico tienen validez legal en Mexico si son reconocidos por autoridades certificadoras mexicanas, garantizando cumplimiento de requisitos y vigencia del certificado. Permite operaciones internacionales con firma electronica.

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Texto Legal

Los certificados digitales expedidos fuera de la República Mexicana tendrán la misma validez y producirán los mismos efectos jurídicos reconocidos en la presente Ley, siempre y cuando tales certificados sean reconocidos por las autoridades certificadoras a que se refiere el artículo 23 de la propia Ley y se garanticen, en la misma forma que lo hacen con sus propios certificados, el cumplimiento de los requisitos, el procedimiento, así como la validez y vigencia del certificado.

TÍTULO CUARTO DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

CAPÍTULO ÚNICO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es esencial para empresas con operaciones internacionales. Para que certificado extranjero sea valido en Mexico, debe ser reconocido por una autoridad certificadora mexicana. Los profesionales que trabajan con documentos electrónicos internacionales deben verificar con SAT o Secretaria que el certificado extranjero cuenta con reconocimiento para evitar cuestionamientos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LFEA?

Certificados digitales expedidos fuera de Mexico tienen validez legal en Mexico si son reconocidos por autoridades certificadoras mexicanas, garantizando cumplimiento de requisitos y vigencia del certificado. Permite operaciones internacionales con firma electronica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Firma Electrónica Avanzada?

Este articulo es esencial para empresas con operaciones internacionales. Para que certificado extranjero sea valido en Mexico, debe ser reconocido por una autoridad certificadora mexicana. Los profesionales que trabajan con documentos electrónicos internacionales deben verificar con SAT o Secretaria que el certificado extranjero cuenta con reconocimiento para evitar cuestionamientos legales.

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