Pueden ser entregados individuos contra quienes hay proceso penal pendiente como presuntos responsables o que sean reclamados para ejecutar sentencia dictada por autoridades del estado solicitante.
Podrán ser entregados conforme a esta ley los individuos contra quienes en otro país, se haya incoado un proceso penal como presuntos responsables de un delito o que sean reclamados para la ejecución de una sentencia dictada por las autoridades judiciales del Estado solicitante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establece dos supuestos: personas en proceso (con causa abierta) y condenadas (con sentencia ejecutoriada). Ambas categoras son susceptibles pero bajo condiciones diferentes. Base para articulos posteriores.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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