El juez tiene la facultad de fijar un plazo que no exceda de sesenta días para que los peritos presenten su dictamen. Este plazo es crucial para el avance del procedimiento de expropiación.
El juez fijará un plazo que no excederá de sesenta días para que los peritos rindan su dictamen.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los abogados deben estar atentos a los plazos establecidos por el juez, ya que el incumplimiento podría resultar en retrasos significativos en el proceso. Es recomendable hacer un seguimiento constante del avance de los peritos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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