246

Artículo 4. Establecimiento del programa y presupuestacion

Poder Ejecutivo crea programa con precios y tarifas de estimulo. Previsiones se incluyen en Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos.

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Texto Legal

El Poder Ejecutivo Federal establecerá el programa, mediante precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios.

El Poder Ejecutivo Federal incluirá dentro del proyecto de Ley de Ingresos y del proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, las previsiones necesarias para atender la operación del Programa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Como instrumento presupuestario, los gastos del programa requieren prevision en ingresos y egresos federales. Esto implica que el beneficio no es automatico sino sujeto a disponibilidad presupuestaria anual, lo que puede afectar ciclos productivos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del 246?

Poder Ejecutivo crea programa con precios y tarifas de estimulo. Previsiones se incluyen en Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de Energía para el Campo?

Como instrumento presupuestario, los gastos del programa requieren prevision en ingresos y egresos federales. Esto implica que el beneficio no es automatico sino sujeto a disponibilidad presupuestaria anual, lo que puede afectar ciclos productivos.

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