Define faltas graves como aquellas que afectan disciplina y prestigio de la Armada. Su sancion compete a organismos disciplinarios, requiriendo procedimiento formal.
Las faltas graves son aquellas que se cometen por acción u omisión en contra de esta Ley, su reglamento y demás ordenamientos, que afecten, además de la disciplina, al prestigio e imagen pública de la Armada.
La sanción a estas faltas será competencia de los organismos disciplinarios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las faltas graves escalán el procedimiento hacia organismos disciplinarios formales. Esto implica mayor formalidad, derecho de defensa, y potencial para recurso administrativo. Es el punto donde debe intervenir un asesor legal profesional.
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