El Ejecutivo Federal informará al Congreso sobre la deuda estatal garantizada y los resultados de las evaluaciones trimestrales.
El Ejecutivo Federal informará al Congreso de la Unión la Deuda Estatal Garantizada otorgada o finiquitada en términos de este Capítulo, a través de los informes trimestrales a que se refiere la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Asimismo, la Secretaría enviará un reporte a la comisión legislativa bicameral sobre el resultado de las evaluaciones que realicen de los convenios de los Estados y de los Municipios que reporte cada Estado, en términos del artículo 40 de la presente Ley. Igualmente, enviará un reporte sobre el Registro Público Único de acuerdo al artículo 56 de la presente Ley.
CAPÍTULO V Del Sistema de Alertas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La comunicación con el Congreso es clave para la transparencia en la gestión de la deuda. Las entidades deben asegurarse de que la información proporcionada sea precisa y completa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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