Se constituye el Comite Nacional para Desarrollo Sustentable de la Caña de Azucar como organismo publico descentralizado dependiente de la Administracion Publica Federal, con domicilio en Mexico City.
En términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, se constituye el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar como un organismo público descentralizado, dependiente de la Administración Pública Federal, cuyo
LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
objeto será la coordinación y la realización de todas las actividades previstas en esta Ley relacionadas con la agroindustria de la caña de azúcar; su domicilio legal será la Ciudad de México, Distrito Federal.
Sección Segunda De las atribuciones
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establece que el Comite Nacional es la institucion coordinadora principal del sector. Su naturaleza de organismo descentralizado implica personalidad juridica propia pero sujecion a la Secretaria. Es el interlocutor oficial para el sector ante gobierno federal.
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