Las relaciones de trabajo entre el organismo descentralizado y su personal se rigen por la legislacion del articulo 123 constitucional. Esta disposicion establece el marco normativo laboral aplicable.
Las relaciones de trabajo entre el organismo descentralizado y su personal, se regirán por la legislación que dispone el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CAPITULO III De los Comités Regionales de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Disposicion procedimental que remite a normativa laboral general. Importante para RH del organismo pero no genera obligaciones especificas en la cadena azucarera. Consultar legislacion laboral federal para detalles.
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