Junta tiene 13 facultades incluyendo establecer politicas generales, aprobar programas institucionales y financieros, autorizar convenios, aprobar estructura organica, vigilar cumplimiento legal y aplicar sanciones en su competencia.
La Junta Directiva tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I. Establecer en congruencia con el sistema de planeación nacional, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Comité Nacional para el cumplimiento de su objeto;
II. Aprobar el Programa Institucional de Desarrollo y el Programa Financiero correspondiente; los Programas de Acción, que deriven de los programas de mediano plazo, así como el Programa Operativo Anual del Comité Nacional, el Presupuesto de Ingresos y Egresos y sus modificaciones en los términos de la legislación aplicable;
III. Conocer y aprobar el cumplimiento del Programa Institucional de Desarrollo, de los Programas de Acción y del Programa Operativo Anual, en correlación con el ejercicio del presupuesto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes;
IV. Aprobar los convenios de cooperación y desarrollo que celebre el Comité Nacional con instituciones nacionales y extranjeras, así como con los sectores público, privado y social, para beneficio del Comité Nacional y del sector;
V. Aprobar la estructura orgánica del Comité Nacional y las modificaciones que procedan a la misma;
VI. Aprobar el Estatuto Orgánico del Comité Nacional y las disposiciones reglamentarias que rijan su organización, funcionamiento, control y evaluación, así como sus modificaciones;
VII. Conocer y resolver los asuntos de su competencia de conformidad con esta Ley, el Estatuto Orgánico y demás disposiciones legales aplicables;
VIII. Velar por el cumplimiento de la legislación aplicable al Comité Nacional y en su caso, aplicar las sanciones correspondientes en los términos de la misma en el ámbito de su competencia;
IX. Nombrar y remover a propuesta del Director General, a los servidores públicos del organismo que ocupen cargos en las dos jerarquías administrativas inmediatas inferiores a las de aquél, así como aprobar la fijación de sueldos, prestaciones y conceder licencias;
LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
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Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo crucial para entender poder decisorio de la Junta. La fraccion VIII sobre vigilancia de cumplimiento e imposicion de sanciones es importante. Las fracciones I-IV establecen poder de aprobacion sobre todos los programas clave del sector. Importante para cabildeo sectorial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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