LDSCA

Artículo 12. Integracion de la Junta Directiva

La Junta Directiva estara integrada por Secretario de Agricultura (presidente), SHCP, SEMARNAT, Secretaria de Economia, Trabajo, representantes de Camara Azucarera y organizaciones nacionales de abastecedores. Minimo 5 y maximo 15 integrantes.

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Texto Legal

La Junta Directiva es la autoridad suprema del Comité Nacional y estará integrada por:

I. El Titular de la Secretaría, quien la presidirá;

II. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

III. La Secretaría de Economía;

IV. La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales;

V. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

VI. Representantes de la Cámara Azucarera, y

VII. Representantes de las organizaciones nacionales de Abastecedores de Caña de azúcar.

Por cada miembro propietario habrá un suplente y contará con las mismas facultades que los propietarios, en caso de ausencia de éstos.

LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

El total de integrantes de la Junta Directiva no será menor de cinco ni mayor de quince.

Podrán integrarse a la Junta Directiva con carácter de invitados y solo con derecho a voz, los servidores públicos de la administración pública federal, estatal y municipal, que tengan a su cargo acciones relacionadas con el objeto del Comité Nacional, así como los representantes de organizaciones privadas o sociales con actividades afines al mismo, siempre y cuando así lo apruebe la Junta Directiva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La composicion garantiza participacion de gobierno federal, industriales y abastecedores. Para abastecedores, asegurar que sus organizaciones esten adecuadamente representadas en la Junta. Los suplentes tienen igual poder que propietarios. Invitados sin voto pueden incluirse si la Junta lo aprueba.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LDSCA?

La Junta Directiva estara integrada por Secretario de Agricultura (presidente), SHCP, SEMARNAT, Secretaria de Economia, Trabajo, representantes de Camara Azucarera y organizaciones nacionales de abastecedores. Minimo 5 y maximo 15 integrantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

La composicion garantiza participacion de gobierno federal, industriales y abastecedores. Para abastecedores, asegurar que sus organizaciones esten adecuadamente representadas en la Junta. Los suplentes tienen igual poder que propietarios. Invitados sin voto pueden incluirse si la Junta lo aprueba.

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