Crea AMEXCID como organo desconcentrado de la Secretaria de Relaciones Exteriores con atribuciones especificas para ejecutar cooperacion internacional.
Se crea la AMEXCID como un órgano desconcentrado de la Secretaría, en los términos de su reglamento interior, con atribuciones especificas para resolver sobre las materias que se señalan en la presente Ley y las demás disposiciones relativas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
AMEXCID es organo desconcentrado, NO autonomo, subordinado a SRE. Esto implica que sus decisiones pueden ser revisadas y revertidas por SRE. Importante en litigios sobre asignacion de recursos.
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Art. 6. Instrumentos para cooperacion internacional
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Art. 8. Autonomia tecnica y recursos de AMEXCID
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