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Artículo 8. Independencia del Pago de Modalidad

El pago de la contribucion de mejoras se efectua independientemente de si la dependencia federal concesiona, descentraliza la administracion, operacion o mantenimiento de la obra con empresas de usuarios, del sector social o privado.

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Texto Legal

El pago de la contribución de mejoras por obras públicas de infraestructura hidráulica de propiedad federal, se efectuará independientemente de que la dependencia o entidad de la administración pública federal concesione o, en su caso, convenga la descentralización de la administración, operación, conservación mantenimiento y rehabilitación de las mismas, con las empresas de los usuarios de los distritos o unidades de riego, o de alguna empresa de los sectores social o privado tratándose de los demás casos de infraestructura hidráulica.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo clarifica que la modalidad de gestion (publica, concesionada, descentralizada) no afecta la obligacion de pagar. Es relevante para contribuyentes que negocien cambios en la gestion de la infraestructura; el cambio no los exonera del pago de contribucion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del 30?

El pago de la contribucion de mejoras se efectua independientemente de si la dependencia federal concesiona, descentraliza la administracion, operacion o mantenimiento de la obra con empresas de usuarios, del sector social o privado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY de Contribución de Mejoras por Obras Públic...?

Este articulo clarifica que la modalidad de gestion (publica, concesionada, descentralizada) no afecta la obligacion de pagar. Es relevante para contribuyentes que negocien cambios en la gestion de la infraestructura; el cambio no los exonera del pago de contribucion.

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