Acreedores extranjeros gozaran de mismos derechos que nacionales respecto apertura y participacion en procedimientos, con salvedad de que no tendran prelacion inferior a acreedores comunes.
Salvo lo dispuesto en el segundo párrafo, los acreedores extranjeros gozarán de los mismos derechos que los acreedores nacionales respecto de la apertura de un procedimiento en este Estado y de la participación en él con arreglo a esta Ley.
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Lo dispuesto en el primer párrafo de este artículo no afectará al orden de prelación de los créditos en un concurso mercantil declarado con arreglo a esta Ley, salvo que no se asignará a los créditos de acreedores extranjeros una prelación inferior a la de los acreedores comunes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Principio de trato nacional para acreedores extranjeros: mismo acceso y derechos que nacionales, pero con proteccion adicional de prelacion minima. Importante para proyectos internacionales: acreedores mexicanos no reciben ventaja sobre extranjeros por nacionalidad, solo por naturaleza juridica del credito.
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