LCM

Artículo 263. Legitimacion para solicitar terminacion

El conciliador, sindico, cualquier acreedor reconocido o interventor pueden solicitar terminacion del concurso por insuficiencia de masa o falta de bienes por realizar.

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Texto Legal

Podrán solicitar al juez la terminación del concurso mercantil por las causales a que se refieren las fracciones III y IV del artículo anterior el conciliador, el síndico, cualquier Acreedor Reconocido o cualquier interventor. LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Multiples actores pueden promover la terminacion, lo que acelera procedimientos cuando es evidente la imposibilidad de pagar. Los acreedores tienen poder para terminar anticipadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 263 del LCM?

El conciliador, sindico, cualquier acreedor reconocido o interventor pueden solicitar terminacion del concurso por insuficiencia de masa o falta de bienes por realizar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 263 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Multiples actores pueden promover la terminacion, lo que acelera procedimientos cuando es evidente la imposibilidad de pagar. Los acreedores tienen poder para terminar anticipadamente.

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