LCM

Artículo 238. Leyes aplicables a concursos de concesionarios

Los concursos de comerciantes con servicios publicos concesionados se sujetan a leyes de concesion y servicio publico, aplicando esta Ley solo en lo que no se les oponga.

leyes de concesionservicios publicosconflicto normativoaplicacion supletoria

Texto Legal

Los concursos mercantiles a que se refiere el artículo anterior, se sujetarán a las leyes, reglamentos, títulos de concesión y demás disposiciones que regulen la concesión y el servicio público de que se trate, aplicándose las disposiciones de esta Ley sólo en lo que no se les oponga.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Existe jerarquia normativa donde las leyes especiales de concesion prevalecen sobre la Ley de Concursos Mercantiles. Los asesores deben investigar integralmente la ley de concesion especifica y disposiciones regulatorias aplicables antes de asumir que aplica la estructura concursal estandar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 238 del LCM?

Los concursos de comerciantes con servicios publicos concesionados se sujetan a leyes de concesion y servicio publico, aplicando esta Ley solo en lo que no se les oponga.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 238 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Existe jerarquia normativa donde las leyes especiales de concesion prevalecen sobre la Ley de Concursos Mercantiles. Los asesores deben investigar integralmente la ley de concesion especifica y disposiciones regulatorias aplicables antes de asumir que aplica la estructura concursal estandar.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 238 del LCM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 238 LCM desde tu celular