LCM

Artículo 237. Concurso de comerciantes con concesion publica

Los comerciantes que prestan servicios publicos bajo titulo de concesion federal, estatal o municipal pueden ser declarados en concurso mercantil.

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Texto Legal

El Comerciante que, en virtud de un título de concesión, preste un servicio público federal, estatal o municipal, podrá ser declarado en concurso mercantil.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion abre la posibilidad de concurso para entidades criticas que prestan servicios publicos. Es fundamental coordinar con la autoridad concedente durante todo el procedimiento, ya que tienen derechos especiales sobre la administracion y continuidad del servicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 237 del LCM?

Los comerciantes que prestan servicios publicos bajo titulo de concesion federal, estatal o municipal pueden ser declarados en concurso mercantil.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 237 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Esta disposicion abre la posibilidad de concurso para entidades criticas que prestan servicios publicos. Es fundamental coordinar con la autoridad concedente durante todo el procedimiento, ya que tienen derechos especiales sobre la administracion y continuidad del servicio.

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