Los acreedores que no reciben pago completo durante el concurso conservan individualmente sus derechos y acciones contra el comerciante por el saldo pendiente tras la conclusion del concurso.
Concluido el concurso mercantil, los acreedores que no hubiesen obtenido pago íntegro conservarán individualmente sus derechos y acciones por el saldo contra el Comerciante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion es crucial para entender que el concurso no extingue derechos crediticios no satisfechos. Los acreedores pueden ejercitar acciones individuales post-concurso contra el deudor, lo que representa un aspecto importante en la estrategia de recuperacion de creditos.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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