Las posturas deben usar formatos del Instituto, prever pago en efectivo o aplicacion de cuota concursal, tener vigencia minima de 45 dias y estar garantizadas segun reglas del Instituto.
Todas las posturas u ofertas que se realicen en un procedimiento de enajenación deberán cumplir con los requisitos siguientes:
I. Presentarse en los formatos que al efecto publique el Instituto;
II. Prever el pago en efectivo. En los casos en que sea posible determinar con precisión el monto que le correspondería a algún Acreedor Reconocido como cuota concursal derivada de una venta, se permitirá al acreedor de que se trate aplicar a una oferta dicho monto, equiparándolo al pago en efectivo;
III. Tener una vigencia mínima por los cuarenta y cinco días naturales siguientes a la fecha de celebración de la subasta o, en su caso, a la fecha en que se presente la oferta, y
IV. Estar garantizada en los términos que determine el Instituto mediante reglas generales. LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de cualquier requisito causa rechazo de la postura. Los postores deben revisar actualizaciones del Instituto sobre formatos y montos de garantia antes de presentar.
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Art. 200. Presentacion de posturas ante el juez
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Art. 202. Declaracion de vinculos de postores y validez
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