LCM

Artículo 200. Presentacion de posturas ante el juez

Los interesados pueden presentar ofertas cerradas ante el juez desde la publicacion de la convocatoria hasta el dia anterior a la subasta. Las posturas presentadas despues no seran admitidas.

posturasofertas cerradassubastaplazo de presentacion

Texto Legal

Desde el día en que se haga la publicación señalada en el artículo anterior hasta el día inmediato anterior a la fecha de la subasta, cualquier interesado en participar podrá presentar al juez, en sobre cerrado, posturas por los bienes objeto de la subasta. Las que se presenten después no serán admitidas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El plazo es imperativo. Se recomienda a los participantes potenciales presentar posturas con tiempo suficiente para evitar rechazos por vencimiento de termino.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 200 del LCM?

Los interesados pueden presentar ofertas cerradas ante el juez desde la publicacion de la convocatoria hasta el dia anterior a la subasta. Las posturas presentadas despues no seran admitidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 200 de la LEY de Concursos Mercantiles?

El plazo es imperativo. Se recomienda a los participantes potenciales presentar posturas con tiempo suficiente para evitar rechazos por vencimiento de termino.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 200 del LCM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 200 LCM desde tu celular