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Artículo 7. Comision Mixta para Promocion de Exportaciones

Crea la Comision Mixta para auxiliar al Ejecutivo en promocion de exportaciones. Encargada de analizar, evaluar y concertar acciones publico-privadas para facilitar intercambio comercial y fortalecer planta productiva nacional.

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Texto Legal

La Comisión Mixta para la Promoción de las Exportaciones auxiliará al Ejecutivo Federal en relación a la facultad a que se refiere la fracción VI del artículo 4 de esta Ley.

Esta Comisión estará encargada de analizar, evaluar, proponer y concertar acciones entre los sectores público y privado en materia de exportaciones de bienes y servicios, para facilitar, promover, diversificar y consolidar el intercambio comercial, así como el fortalecimiento de la planta productiva nacional. Artículo reformado DOF 24-01-2006

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta Comision es complementaria y enfocada en cooperacion publico-privada. Exportadores pueden participar en sus sesiones para proponer politicas de fomento. Diferente de la Comision de Comercio Exterior que es mas regulatoria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del 28?

Crea la Comision Mixta para auxiliar al Ejecutivo en promocion de exportaciones. Encargada de analizar, evaluar y concertar acciones publico-privadas para facilitar intercambio comercial y fortalecer planta productiva nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY de Comercio Exterior?

Esta Comision es complementaria y enfocada en cooperacion publico-privada. Exportadores pueden participar en sus sesiones para proponer politicas de fomento. Diferente de la Comision de Comercio Exterior que es mas regulatoria.

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