Dia siguiente publicacion inicio investigacion Secretaria notifica partes interesadas conocidas. Se acompana copia solicitud sin informacion confidencial. Partes responden formularios en 23 dias contados desde recepcion; plazo vence 5 dias despues envio.
A partir del día siguiente a aquel en que se publique la resolución de inicio de investigación en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría deberá notificar a las partes interesadas de que tenga conocimiento para que comparezcan a manifestar lo que a su derecho convenga. Párrafo reformado DOF 13-03-2003
Con la notificación se enviará copia de la solicitud presentada y de los anexos que no contengan información confidencial o, en su caso, de los documentos respectivos tratándose de investigaciones de oficio.
Se dará a las partes interesadas a quienes se envíen los formularios utilizados en una investigación, un plazo de 23 días para que presenten los argumentos, información y pruebas conforme a lo previsto en la legislación aplicable. Los plazos dados a las partes interesadas se contarán a partir de la fecha de recibo del formulario, el cual a tal efecto se considerará recibido 5 días después de la fecha en que haya sido enviado al destinatario o transmitido al representante diplomático competente del gobierno del país del exportador, o en el caso de un territorio aduanero distinto, a un representante oficial del territorio exportador. Párrafo adicionado DOF 13-03-2003. Reformado DOF 21-12-2006
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Plazo de 23 dias es critico para respuestas exportadores importadores. Computar 5 dias presuncion recepcion es importante para importadores extranjeros. Informacion confidencial requiere solicitud separada con fundamentos; falta genera impugnacion.
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