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Artículo 12. Tipos de aranceles en comercio exterior

Define tres tipos de aranceles: ad-valorem (porcentaje del valor), especificos (por unidad monetaria) y mixtos (combinacion). Aplican a impuestos generales de exportacion e importacion.

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Texto Legal

Para efectos de esta Ley, los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser:

I. Ad-valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía.

II. Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida, y

III. Mixtos, cuando se trate de la combinación de los dos anteriores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El calculo de aranceles depende del tipo. Ad-valorem requiere valuacion aduanal correcta, especificos requieren clasificacion arancelaria precisa. Errores de clasificacion pueden resultar en cobros inesperados de impuestos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del 28?

Define tres tipos de aranceles: ad-valorem (porcentaje del valor), especificos (por unidad monetaria) y mixtos (combinacion). Aplican a impuestos generales de exportacion e importacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de Comercio Exterior?

El calculo de aranceles depende del tipo. Ad-valorem requiere valuacion aduanal correcta, especificos requieren clasificacion arancelaria precisa. Errores de clasificacion pueden resultar en cobros inesperados de impuestos.

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