238

Artículo 9. Participacion de gobierno y particulares

Autoriza que gobiernos y particulares individual u organizadamente establezcan acuerdos para participar en desarrollo de proyectos, formalizados mediante convenios correspondientes.

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Texto Legal

Para lograr el mejor efecto del Sistema, los gobiernos en sus diferentes órdenes, así como los particulares, individual u organizadamente, podrán establecer los acuerdos pertinentes, para la participación en el desarrollo de los proyectos. Dichos acuerdos quedarán establecidos en los convenios respectivos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Permite flexibilidad en asociaciones entre productores, gobierno y sector privado. Los contadores deben registrar claramente cualquier asociacion o convenio pues afecta la responsabilidad y distribucion de recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del 238?

Autoriza que gobiernos y particulares individual u organizadamente establezcan acuerdos para participar en desarrollo de proyectos, formalizados mediante convenios correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Capitalización del Procampo?

Permite flexibilidad en asociaciones entre productores, gobierno y sector privado. Los contadores deben registrar claramente cualquier asociacion o convenio pues afecta la responsabilidad y distribucion de recursos.

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