238

Artículo 5. Beneficiarios y criterios de prioridad

Todos los productores en padron del PROCAMPO pueden beneficiarse sin distincion de cartera vencida. Prioridad a productores de menor ingreso, asociados, pequenos propietarios, mujeres y grupos indigenas.

beneficiarioscriterios de prioridadpadron procampoequidadgrupos vulnerables

Texto Legal

Podrán beneficiarse del Sistema todos los productores inscritos en el padrón del PROCAMPO que cumplan sus reglas de operación y conforme a la disponibilidad de recursos del Sistema, sin distinción de aquéllos que se encuentren en cartera vencida u otros antecedentes crediticios restrictivos.

Tendrán prioridad los beneficiarios del PROCAMPO: de menor ingreso; que se encuentren debidamente asociados y organizados; quienes tengan 5 hectáreas o menos; las mujeres; y los grupos indígenas.

Los beneficiarios del PROCAMPO podrán obtener simultáneamente, recursos de otros programas, previo cumplimiento de la normatividad que al efecto expidan las dependencias federales, estatales o municipales que correspondan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los criterios de prioridad son obligatorios, no discrecionales. Los abogados deben vigilar que se respeten para evitar discriminacion indebida. Los contadores necesitan documentar elegibilidad segun estos criterios para auditorias y reclamos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del 238?

Todos los productores en padron del PROCAMPO pueden beneficiarse sin distincion de cartera vencida. Prioridad a productores de menor ingreso, asociados, pequenos propietarios, mujeres y grupos indigenas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la LEY de Capitalización del Procampo?

Los criterios de prioridad son obligatorios, no discrecionales. Los abogados deben vigilar que se respeten para evitar discriminacion indebida. Los contadores necesitan documentar elegibilidad segun estos criterios para auditorias y reclamos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 5 del 238?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 5 238 desde tu celular