Todos los productores en padron del PROCAMPO pueden beneficiarse sin distincion de cartera vencida. Prioridad a productores de menor ingreso, asociados, pequenos propietarios, mujeres y grupos indigenas.
Podrán beneficiarse del Sistema todos los productores inscritos en el padrón del PROCAMPO que cumplan sus reglas de operación y conforme a la disponibilidad de recursos del Sistema, sin distinción de aquéllos que se encuentren en cartera vencida u otros antecedentes crediticios restrictivos.
Tendrán prioridad los beneficiarios del PROCAMPO: de menor ingreso; que se encuentren debidamente asociados y organizados; quienes tengan 5 hectáreas o menos; las mujeres; y los grupos indígenas.
Los beneficiarios del PROCAMPO podrán obtener simultáneamente, recursos de otros programas, previo cumplimiento de la normatividad que al efecto expidan las dependencias federales, estatales o municipales que correspondan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los criterios de prioridad son obligatorios, no discrecionales. Los abogados deben vigilar que se respeten para evitar discriminacion indebida. Los contadores necesitan documentar elegibilidad segun estos criterios para auditorias y reclamos.
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Art. 4. Responsabilidad de la Secretaria de Agricultura
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Art. 6. Informacion a beneficiarios del PROCAMPO
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